Profesor (a) Titular: Nora Poblete

martes, 18 de octubre de 2011

GUIA




Guía 2º Medio


GUÍA Nº 1 UNIDAD II: “Planificación y desarrollo del servicio”


Curso: 2º Educación Media
Profesora Nora Poblete Lazo
CMO: Comunicación y promoción del servicio

La fecha de envío del archivo: ENTRE EL 02 Y EL 05 DE NOVIEMBRE DE 2011-

Actividad:
*      Observar el power point “PUBLICIDAD Y MEDIOS” que se encuentra en el blog: http://norapoblete.blogspot.com
*      Escoger un medio comunicacional ( revista, diario, afiche, panfleto, TV. internet, etc.) y diseñar elementos comunicacionales a incluir en éste ( imágenes, diagramación, información verbal, color, etc.)
*      Realizar el producto comunicacional.
*      El producto comunicacional debe tener:
ü      Marca ( del tipo mixta)
ü      Imagen corporativa del servicio.
ü      Información acerca del servicio ( lo esencial)
ü      Debe cumplir con la Ley Nº 19.039 ( Registro de marcas)

El producto comunicacional debe ser enviado vía e- mail, entregado en CD o por cualquier otro medio (DVD, papel).

En el curso anterior ( primero medio), se trató el tema: MARCAS
Les envío el material

REGISTRO DE MARCAS.- (Extracto de la Ley Nº 19.039)
ANTECEDENTES:
El Departamento de Propiedad Industrial (DPI) es un servicio público centralizado, perteneciente al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. (Ubicada en Moneda 970, atención de lunes a viernes de 9.00 a14.00 hrs.)

LA MISÓN DEL DPI “ en el contexto del nuevo sistema internacional de propiedad intelectual, servir de organismo eficaz de proposición y de gestión par ala política de propiedad industrial que el Gobierno de Chile defina, contribuyendo a que el país adquiera conciencia sobre ese sistema y se beneficie del conocimiento y de los instrumentos que allí están disponibles”.

LAS FUNCIONES DEL DPI
A)    La función principal es administrar y atender los servicios de Propiedad Industrial establecidos en la Ley Nº 19.039 y su reglamento.
B)    Resolver las solicitudes de derechos de propiedad industrial establecidos por la Ley.
C)    Otorgar los títulos y certificaciones de derechos cuando corresponda.
D)    Mantener los registros de privilegios inscritos y otorgar títulos y certificados según lo que consta en tales registros.
E)    Ofrecer servicios de información tecnológica de sus bases de datos.

SERVICIOS QUE ATIENDE ESTE DEPARTAMENTO:

Ø      Solicitudes de marcas.
Ø      Solicitudes de patentes (invención, modelos de utilidad y diseños industriales)
Ø      Juicios de oposición  a solicitudes de marcas y patentes.
Ø      Solicitudes de transferencia de privilegios.
Ø      Solicitudes de renovación.
Ø      Anotaciones marginales.
Ø      Certificaciones.
Ø      Informes solicitados por terceros u organismos del sector público.
Ø      Búsquedas tecnológicas.

LEGISLACIÓN GENERAL APLICABLE:

  • Ley Nº 19.039 (Diario Oficial del 25 de enero de 1991).
  • Reglamento de la Ley Nº 19.039 (Diario Oficial del 30 de septiembre de 1991).
  • Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial ( Diario Oficial de 30 de septiembre de 1991).

¿QUÉ ES UNA MARCA?
Se entiende por marca, todo signo visible, novedoso y característico que sirva para distinguir productos, servicios o establecimientos industriales o comerciales.

¿PARA QUÉ SIRVE UNA MARCA?

Ø      Para  individualizar productos, servicios y establecimientos industriales o comerciales.
Ø      Para indicar a los consumidores el origen empresarial de los productos y servicios de los establecimientos industriales o comerciales.
Ø      Para informar sobre la calidad constante de los productos o servicios identificados con la misma marca.
Ø      Para realizar y reforzar la función publicitaria.


¿QUÉ PUEDE IDENTIFICARSE CON UNA MARCA?

Ø      Productos.
Ø      Servicios.
Ø      Establecimientos comerciales.
Ø      Establecimientos industriales.
Ø      También se pueden inscribir las frases de propaganda (slogan) unidas a la marca.

(Para cada uno existe un tipo de formulario)



TIPOS DE MARCAS.-
Ø      Denominativa, es la que consiste en letras, palabras, números o combinaciones de ellas.
Ø      Etiqueta, es aquella que consiste en diseño, dibujos o logotipos.
Ø      Mixta, es la combinación de los dos anteriores.


¿QUÉ MARCAS PUEDEN INSCRIBIRSE?
Cualquier marca puede ser inscrita, salvo aquellas que la Ley considera irregistrables como:
Ø      Las palabras genéricas o que describa o indiquen los productos mismos o los servicios o establecimientos comerciales o industriales que se reconocerán por la marca.
Ø      Las marcas iguales o que se asemejan gráfica o fonéticamente a otras ya registradas en la misma clase de productos o en distintas clases relacionadas.
Ø      Las marcas iguales o que se asemejen con otras ya registradas en el extranjero para un rubro similar, siempre que ellas gocen de fama y notoriedad.

¿QUÉ SIGNIFICA CLASE?
Para los efectos de marcas, los productos y servicios se agrupan en clases.
Existen 34 clases de productos y 8 clases de servicios.
Existe un clasificador de Marcas de Productos y Servicios que puede ser consultado en la Oficina de Partes.

¿CUÁLES SON LOS DERECHOS QUE OTORGA EL REGISTRO DE UNA MARCA?
Ø      Derecho exclusivo sobre la marca, únicamente para el rubro o clase en que está inscrita.
Ø      La marca puede ser transferida (vendida), transmitida (heredada) susceptible de darse en prenda.
Ø      El titular o dueño puede conceder una “licencia” a favor de un tercero (autorizar el uso de la marca sin perder el dominio de ella, durante el plazo y bajo las condiciones que se pacten)



¿CÓMO SE TRAMITA UNA MARCA?
 Para el trámite se deben realizar 6 pasos:
  1. Presentar solicitud:-
    1. Se deberá comprar el formulario y llenarlo a maquina.
    2. Pedir orden de pago, pagar en el banco y presentar copia de orden de pago en Oficina de Partes del departamento de Propiedad Industrial (DPI)
    3. El valor dependerá de lo que se solicita:
                                                              i.      Producto: ½ UTM por clase.
                                                            ii.      Servicio: ½  UTM por clase
                                                          iii.      Establecimientos Industriales: ½ UTM, cualquiera sea la cantidad de clases de productos que se desea fabricar.
                                                           iv.      Establecimiento comercial: ½ UTM por cada región donde se desea instalar el negocio, cualquiera sea la cantidad de clases de productos que se desea comercializar.
                                                             v.      Frase de propaganda: La tasa se rige según  cual sea la cobertura de la marca que se desea publicitar, según los valores antes indicados.

                                 Si es una sociedad deberá presentar la escritura social y el
                                 RUT de la misma.




  1. Aceptación o rechazo de tramitación: La Conservadora puede aceptar o rechazar la solicitud a tramitación.
    1. Si es rechazada el solicitante tiene 20 días hábiles para presentar Reclamación, por escrito, dirigida al Jefe del DPI, sin necesidad de estar representado por abogado.
    2. Si la reclamación es rechazada por el Jefe del DPI, el solicitante tiene 15 días hábiles para apelar ante  el Tribunal Arbitral. Todo recurso de apelación deberá ser patrocinado por un abogado.


  1. Publicación Diario Oficial: Si es aceptada a tramitación, debe ser publicada dentro de 10 días hábiles en el Diario Oficial.

  1. Oposiciones: Una vez publicada en el Diario Oficial, hay 30 días hábiles para presentar oposición a dicha solicitud, escrito que debe ser patrocinado por un abogado.
    1. Si se presenta oposición, se inicia un juicio que se tramita en el Sub - departamento    Jurídico y termina por sentencia del Jefe del DPI.
    2. De dicha sentencia se puede apelar ante el Tribunal Arbitral en el plazo de 15 días hábiles.

  1. Resolución definitiva:
    1. Si después de los 30 días, desde la publicación en el Diario Oficial, no se han presentado oposiciones, el Jefe del DPI efectúa un examen  de fondo, para la aceptación o rechazo de la marca.
    2. Si es rechazada, el solicitante tiene 15 días hábiles para presentar apelación ante el Tribunal  Arbitral.



Registro: Si en definitiva la marca es aceptada, el solicitante tiene 60 días para pedir una orden de pago en el DPI, pagada en banco y luego presentar el comprobante de la orden de pago en la Oficina de Partes del DPI, y antes de la fecha de vencimiento indicada, en horario de atención de público para la obtención del número de registro y proceder a solicitar su Título.

¿CUÁNTO DURA LA VIGENCIA DE UNA MARCA?
Cada marca tiene una vigencia de 10 años contando desde la fecha de registro, pudiendo ser renovada  sucesivamente a petición del interesado por períodos de 10 años.
Es conveniente para ciertos efectos legales agregar a la marca las palabras “Marca Registrada” o las iniciales MR o la letra R dentro de un círculo.

¿QUÉ ES UNA PATENTE? La patente es el derecho exclusivo que otorga el Estado para la protección de una invención.

¿PARA QUÉ SIRVE? Un título de patente da a su titular el derecho de impedir que otros, por un período determinado, la fabricación, venta o utilización comercial en Chile de la invención protegida.

¿QUÉ ES UNA INVENCIÓN? Se entiende por invención toda solución a un problema de la técnica que origine un quehacer    industrial. una invención podría ser un producto o un procedimiento  o estar relacionada con ellos.


REQUISITOS PARA OBTENER UNA PATENTE.-
-         Para Solicitar una patente:
·        Presentar el formulario
·        Pago de peritaje, Paga de derechos (en UTM, Unidad Tributaria Mensual), una vez concedida.
-         Para oponerse a una solicitud:
·        Abogado (quien asume el patrocinio y representación del oponente)
-         Para que una invención sea patentable debe:
·        Ser novedosa a nivel mundial
·        Tener nivel inventivo ( grado de inventiva)
·        Ser susceptible de aplicarse industrialmente.



Indicadores de evaluación:
Ø      Reconoce y utiliza medios comunicacionales.
Ø      Crea un tipo de marca mixta
Ø      Originalidad en la etiqueta (imagen gráfica de la marca)
Ø      Respeta lo indicado en la Ley Nº 19.039
Ø      Entrega en el tiempo indicado (ENTRE EL 02 Y EL 05 DE NOVIEMBRE DE 2011)

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